La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha iniciado una revisión de los criterios que regulan la subasignación de numeración telefónica en España. El movimiento puede parecer administrativo, pero toca uno de los puntos más sensibles del spam telefónico: quién puede usar números españoles, bajo qué condiciones y con qué controles técnicos.
Durante años, la numeración ha funcionado como una pieza poco visible de las telecomunicaciones. Las operadoras con derechos de uso reciben bloques de números y, en determinados casos, pueden subasignarlos a otros operadores o revendedores que prestan servicios sobre redes ajenas. Ese mecanismo tiene sentido para facilitar competencia, servicios VoIP, centralitas en la nube, operadores virtuales o integradores especializados. El problema aparece cuando esa flexibilidad se usa para alimentar campañas masivas de llamadas comerciales agresivas o directamente fraudulentas.
La CNMC no plantea eliminar la subasignación, sino hacerla más trazable, más estricta y más difícil de explotar. El expediente NUM/DTSA/3097/26 abre el procedimiento para modificar los criterios aplicables y somete la propuesta a información pública. Entre los cambios principales figuran un control más claro del uso efectivo de los números, validaciones estrictas de identidad fiscal, comprobación del domicilio legal del abonado y una cláusula destinada a impedir que el revendedor origine llamadas desde redes distintas a la del operador titular de la numeración.
Qué es la subasignación y por qué importa
La subasignación permite que un operador que no reúne las condiciones para recibir directamente numeración de la CNMC utilice números facilitados por un operador asignatario. En la práctica, el titular de la numeración mantiene la responsabilidad regulatoria y el revendedor usa esos recursos para prestar servicios a sus clientes finales.
El sistema no es nuevo. La CNMC aprobó en noviembre de 2023 nuevos criterios para la subasignación de numeración fija y desde entonces ha publicado informes periódicos sobre su evolución. El nuevo expediente parte de esos datos y de los cambios normativos recientes, entre ellos la desaparición de la numeración nómada geográfica y la atribución de numeración específica para llamadas comerciales en el rango 400.
La dimensión del fenómeno es considerable. Según los datos incluidos en el expediente, el número total de revendedores autorizados pasó de 729 a finales de 2023 a 1.066 a finales de 2025. En numeración geográfica, los revendedores autorizados pasaron de 722 a 1.059 en ese mismo periodo. También creció la numeración subasignada: de 2.113.903 números en diciembre de 2024 a 2.278.837 en diciembre de 2025, con 2.027.313 números en uso al cierre de ese último año.
| Indicador | Diciembre de 2024 | Diciembre de 2025 | Evolución |
|---|---|---|---|
| Revendedores autorizados totales | 1.028 | 1.066 | +38 |
| Revendedores con numeración geográfica | 993 | 1.059 | +66 |
| Numeración total subasignada | 2.113.903 | 2.278.837 | +164.934 |
| Numeración total en uso | 1.858.670 | 2.027.313 | +168.643 |
| Numeración geográfica subasignada | 2.091.898 | 2.252.073 | +160.175 |
| Numeración geográfica en uso | 1.839.979 | 2.003.833 | +163.854 |
Estos números muestran que la subasignación no es un fenómeno marginal. Es una parte relevante del mercado mayorista y minorista de comunicaciones electrónicas. Precisamente por eso, cualquier debilidad en la cadena de custodia de la numeración puede convertirse en una vía de entrada para llamadas no deseadas.
El spam telefónico aprovecha con frecuencia la rotación de identificadores de llamada. Si una campaña usa cientos o miles de números, puede ir cambiando el Caller ID cuando los usuarios empiezan a bloquear los anteriores o cuando los sistemas antifraude detectan patrones sospechosos. Esta técnica, conocida en otros ámbitos como snowshoe spamming, busca repartir el abuso entre muchos identificadores para hacerlo menos visible.
La llamada deberá salir por la red que controla el número
Uno de los cambios más relevantes de la propuesta afecta al control técnico de la numeración. La CNMC recuerda que los recursos asignados deben permanecer bajo el control del titular de la asignación. A partir de ahí, considera que los contratos de reventa entre el operador asignatario y el revendedor deberían incluir una cláusula para excluir expresamente que el revendedor origine llamadas con la numeración subasignada a través de otras redes.
La medida ataca un problema concreto: un número español subasignado no debería poder usarse libremente como identificador de llamada desde una red externa, especialmente si esa red está fuera del control efectivo del titular de la numeración o aplica controles más laxos. Dicho de otra forma, si una empresa usa números subasignados, las llamadas legítimas deberían pasar por la red y los sistemas del operador que mantiene la responsabilidad sobre esos números.
| Riesgo actual | Cambio propuesto | Efecto esperado |
| Uso de números españoles desde redes de terceros | Cláusula contractual para impedir originación desde otras redes | Más control sobre el origen real de la llamada |
| Revendedores con bloques amplios poco utilizados | Umbral mínimo del 75 % de uso antes de recibir más numeración | Menos acumulación de números latentes |
| Datos fiscales inconsistentes | Coincidencia exacta del NIF con el Registro de Operadores | Mayor trazabilidad administrativa |
| Uso de numeración geográfica sin domicilio acreditado | Comprobación del domicilio legal en la provincia correspondiente | Menos uso artificial de prefijos locales |
| Ficheros periódicos con datos poco homogéneos | Formato CSV UTF-8, separador “;” y literales normalizados | Datos más explotables por el regulador |
La decisión tiene una lectura técnica y otra regulatoria. Técnicamente, ayuda a reducir la inyección de llamadas con numeración nacional desde infraestructuras ajenas. Regulatoriamente, refuerza la idea de que el operador asignatario no puede desentenderse del uso que hagan sus revendedores mientras la numeración siga bajo su control.
El 75 % de uso como barrera contra las granjas de números
Otro eje de la propuesta es la eficiencia en el uso de la numeración. La CNMC mantiene un umbral mínimo del 75 % de uso por parte del subasignatario para que pueda recibir numeración adicional. Ese umbral se aplica por tipo de numeración, servicio y, en el caso de numeración geográfica, por provincia.
La lógica es sencilla: si un revendedor tiene números subasignados que no utiliza de forma efectiva, no debería recibir más. La CNMC define como número en uso aquel que el revendedor ha configurado o asignado a un cliente para que pueda utilizarlo. También se considera en uso un número importado a un operador asignatario por parte de un revendedor cuando está siendo utilizado por un cliente.
Este punto es importante porque el spam necesita volumen. No basta con disponer de unos pocos números. Las campañas agresivas se apoyan en grandes bolsas de numeración que pueden rotar con rapidez. Si el acceso a nuevos números se condiciona a un uso real y verificable, acumular inventario telefónico sin actividad legítima se vuelve más difícil.
La propuesta también insiste en que la subasignación debe hacerse de forma progresiva y evitar grandes entregas iniciales. Hay excepciones para casos justificados, como subasignaciones iniciales o cuando el volumen total sea inferior a 10 números de cada tipo o servicio, pero el criterio general es claro: numeración suficiente, no numeración sobrante.
Más control fiscal, domicilio legal y datos normalizados
La CNMC también quiere mejorar la calidad de los datos que recibe. Los operadores asignatarios con numeración fija subasignada deberán remitir información periódica anual en enero, antes del día 31, reflejando la situación a cierre del mes anterior. La propuesta elimina la obligación semestral de julio para reducir carga administrativa, pero endurece la calidad del fichero y la correspondencia de datos.
El NIF del operador revendedor deberá coincidir con el que figure en el acuerdo que autorizó la subasignación y con el registrado oficialmente. Si no coincide, la numeración no podrá considerarse autorizada para la subasignación. Además, los nombres e identificadores fiscales deberán usar los literales inscritos en el Registro de Operadores. El fichero deberá ir en formato UTF-8, separado por punto y coma, y con información número a número.
| Campo del fichero | Qué controla |
| Nombre del operador revendedor | Identificación del subasignatario |
| NIF | Coincidencia fiscal con Registro de Operadores |
| Número | Identificación concreta del recurso usado |
| Tipo | Geográfica, tarifas especiales, nómada o personal |
| Origen | Subasignado o portado |
| Fecha de subasignación | Trazabilidad temporal |
| En uso | Diferencia entre número activo y número sin utilizar |
El regulador también recuerda un requisito que puede ser relevante contra el uso artificial de prefijos locales. Los abonados de servicios telefónicos fijos con numeración geográfica deberán disponer de domicilio legal dentro del ámbito provincial correspondiente a la numeración empleada y acreditarlo ante su operador. En los servicios vocales nómadas, el domicilio legal deberá estar dentro del territorio nacional.
Esto puede reducir el uso indiscriminado de números geográficos de una provincia por entidades que no tienen relación real con ese territorio. En campañas de llamadas comerciales o fraudulentas, el prefijo local puede aumentar la probabilidad de que el usuario responda. Reforzar la acreditación del domicilio no elimina el problema, pero añade otra barrera.
El nuevo rango 400 para llamadas comerciales entra en el esquema
La actualización también incorpora la numeración para servicios de llamadas comerciales, el rango 400. La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales atribuyó en abril de 2026 recursos específicos para este tipo de llamadas. La propuesta de la CNMC adapta sus modelos y criterios para que ese nuevo rango pueda ser tratado dentro del sistema de subasignación.
Este punto se enmarca en un movimiento más amplio para ordenar el tráfico comercial. En España se han ido introduciendo medidas contra llamadas no deseadas, suplantación de identidad y uso indebido de numeración, pero los cambios solo funcionan si toda la cadena está alineada: asignación, subasignación, originación, tránsito, terminación, identificación de llamadas y capacidad de bloqueo.
| Tipo de numeración afectada por los criterios | Situación en la propuesta |
| Geográfica | Incluida |
| Nómada no geográfica | Incluida |
| Nómada geográfica | En proceso de desaparición |
| Tarifas especiales, excluida tarificación adicional | Incluida |
| Personal | Incluida |
| Llamadas comerciales 400 | Nueva inclusión |
| Móvil, M2M y corta | Criterios específicos en otro bloque |
Para numeración móvil, M2M y números cortos, la CNMC propone criterios separados. En estos casos, la solicitud deberá identificar la numeración concreta que se pretende subasignar y se analizará petición a petición. Para numeración móvil y M2M será necesario aportar el contrato de prestación de servicios de reventa firmado por ambos operadores.
Un cambio relevante para telecos, revendedores y call centers
La revisión no afectará solo a quienes hacen spam. También obligará a operadores asignatarios y revendedores legítimos a reforzar procesos internos. Tendrán que revisar contratos de reventa, asegurarse de que la originación de llamadas se realiza por la red adecuada, mantener datos fiscales perfectamente alineados con el Registro de Operadores, controlar el uso efectivo de numeración y documentar mejor la relación entre número, cliente y servicio.
Para operadores con muchos revendedores, el cambio exigirá más disciplina de datos. La CNMC pasa de un enfoque de autorización flexible a otro donde la trazabilidad pesa más. La información anual no será un mero trámite: servirá para comprobar eficiencia, detectar inconsistencias y, en caso de incumplimiento, justificar cancelaciones.
La propuesta también lanza un mensaje a los call centers y agregadores opacos: el alquiler de números no puede funcionar como una capa de anonimato. Si la numeración española se usa para llamar a usuarios españoles, la cadena de responsabilidad debe estar clara. Quién tiene el número, quién lo subasigna, quién lo usa, desde qué red se origina la llamada y qué cliente final hay detrás.
El spam telefónico no desaparecerá por una sola modificación regulatoria. Los actores abusivos se adaptan, cambian de redes, recurren a numeración extranjera, falsifican identificadores o explotan intermediarios débiles. Pero esta propuesta cierra una de las puertas que permitía convertir la numeración española en un recurso barato, rotatorio y difícil de atribuir.
Para el usuario final, el efecto no será inmediato ni visible. No habrá una aplicación nueva ni un botón que elimine todas las llamadas molestas. El cambio trabaja más abajo, en la infraestructura regulatoria y técnica que decide quién puede usar un número. Si funciona, debería reducir la facilidad con la que campañas agresivas consiguen bloques de numeración, los rotan y los abandonan cuando empiezan a ser bloqueados.
La batalla contra el spam telefónico se está desplazando desde el bloqueo de llamadas individuales hacia el control de la cadena de numeración. Y ahí la CNMC acaba de mover una pieza importante: menos anonimato, menos acumulación de números sin uso real y más responsabilidad para quienes prestan su numeración a terceros.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la subasignación de numeración telefónica?
Es el mecanismo por el que un operador titular de numeración permite a otro operador o revendedor usar parte de esos números, previa autorización de la CNMC.
¿Por qué afecta al spam telefónico?
Porque algunos actores pueden usar bloques de números subasignados para rotar identificadores de llamada y dificultar el bloqueo o la trazabilidad de campañas masivas.
¿Qué cambia con la propuesta de la CNMC?
La CNMC refuerza el control sobre el uso efectivo de la numeración, exige mayor coherencia de datos fiscales, recuerda la acreditación de domicilio y plantea impedir que los revendedores originen llamadas desde redes distintas a la del operador asignatario.
¿Qué significa el umbral del 75 %?
Un revendedor no debería recibir más numeración si no acredita que utiliza al menos el 75 % de la numeración que ya tiene subasignada, salvo casos excepcionales justificados.
Fuentes:
CNMC: Expediente NUM/DTSA/3097/26, inicio y trámite de información pública del procedimiento de modificación de criterios aplicables a la autorización de subasignaciones de numeración
