Fútbol, bloqueos y datos personales: el peaje digital que afrontaría Movistar si se queda con LaLiga a partir de 2027

La próxima subasta de los derechos de LaLiga para el periodo 2027/28–2031/32 ya no es solo una batalla por el negocio del fútbol televisado. Lo que está en juego también es cómo se navega por internet en España, qué pasará con el uso de VPN y DNS públicos y hasta qué grado una operadora como Movistar podría verse obligada a colaborar en la identificación de usuarios que consumen fútbol pirata.

El nuevo pliego de condiciones de LaLiga, hecho público en las últimas semanas, incorpora un paquete de obligaciones antipiratería mucho más agresivo para los futuros adjudicatarios. Y coloca en una posición especialmente delicada a cualquier operador que, como Movistar, combine televisión de pago y acceso a internet mediante fibra y datos móviles.


El fútbol, pieza clave en la estrategia comercial de Movistar

En el paisaje actual de las telecomunicaciones, los contenidos premium siguen siendo el principal gancho comercial. En el caso de Movistar Plus+, el fútbol ha sido históricamente el producto estrella para justificar los paquetes convergentes más caros y atraer a hogares con mayor poder adquisitivo.

Tras perder parte de los derechos de baloncesto en años recientes y compartir el fútbol con otros actores como DAZN, Telefónica no quiere volver a quedar relegada. Diversas informaciones apuntan a que la compañía tiene intención de pujar fuerte para asegurarse de nuevo un papel protagonista en la emisión de LaLiga a partir de 2027, en el proceso de subasta abierto hasta el 28 de noviembre.

Pero la decisión ya no se limita a cuánto está dispuesta a pagar por esos derechos. Ahora, aceptar el pliego implicaría también asumir un rol mucho más activo en la lucha contra la piratería, con consecuencias directas sobre el servicio de acceso a internet que la operadora presta a millones de clientes.


Bloqueos más largos, más rápidos… y con menos juez

Hasta el final de la temporada 2026/27, LaLiga cuenta con una autorización judicial que le permite ordenar a las operadoras bloqueos “dinámicos” de dominios, IPs y servicios que retransmiten fútbol pirata los días de partido. Esos bloqueos se actualizan en tiempo real, según van apareciendo nuevas webs o listas IPTV.

A partir de 2027, esa autorización deja de estar vigente. Para prolongar el esquema, la patronal de los clubes ha introducido en el pliego una cláusula que obliga a los adjudicatarios a colaborar en la petición de nuevas medidas judiciales que permitan seguir aplicando bloqueos en directo a través de IP más allá de esa fecha.

La novedad es que el documento no se queda ahí. En paralelo, LaLiga pretende que los adjudicatarios acepten contractualmente la obligación de bloquear de forma inmediata dominios, subdominios, direcciones IP y páginas que la propia Liga identifique como infractoras, incluso sin una orden judicial previa. Es decir, el contrato pasaría a funcionar como una vía “rápida” para cortar el acceso a determinados servicios, basándose en las pruebas que aporte el departamento antifraude de LaLiga y sus proveedores de confianza.

El regulador de la competencia, la CNMC, ya ha advertido en su informe INF/CNMC/238/25 de que, con esta formulación, la Liga se estaría situando de facto “como juez” de la posible vulneración de derechos de propiedad intelectual, una facultad que no le reconoce la ley.


Anti-VPN, geobloqueo y marcas de agua: el nuevo blindaje técnico

El pliego no solo refuerza la vía judicial. También endurece de forma notable las exigencias técnicas. Los candidatos a quedarse con los derechos deberán comprometerse a desplegar una batería de medidas contra el fraude que incluye:

  • Sistemas avanzados de cifrado y rotación de claves.
  • Mecanismos para impedir la captura de imagen y sonido.
  • Diferenciación de claves por dispositivo y por calidad de emisión.
  • Doble autenticación para acceder a determinados contenidos.
  • Sistemas anti-VPN y geobloqueo reforzado, tanto en la aplicación como en la red de distribución de contenidos (CDN).
  • Marcas de agua visibles o invisibles (fingerprinting) para poder rastrear qué usuario está detrás de una señal pirateada.

La intención declarada es cerrar el círculo: no solo bloquear las webs y listas IPTV, sino también dificultar que una señal legítima acabe reemitiéndose hacia terceros vía aplicaciones como AceStream o mediante cardsharing, práctica en la que varios hogares comparten ilegalmente un mismo abono.

En la práctica, ese blindaje técnico puede afectar a usos cotidianos más allá del fútbol. El despliegue de sistemas anti-VPN y geobloqueo puede generar fricciones con clientes que usan VPN por motivos laborales, de seguridad o privacidad; y el uso intensivo de marcas de agua abre debates sobre hasta qué punto es razonable rastrear la huella de cada reproducción en un entorno doméstico.


VPN, DNS y hostings: de aliados de la privacidad a objetivo de los bloqueos

Una de las partes del pliego que más inquietud ha generado entre expertos en internet es la que se refiere a terceros intermediarios. LaLiga pretende que los adjudicatarios no se limiten a bloquear en sus propias redes, sino que impulsen acciones judiciales y extrajudiciales para extender esa obligación de bloqueo a otros servicios que los usuarios emplean para saltarse restricciones.

En la lista aparecen, de forma expresa:

  • Proveedores de servicios de VPN.
  • Servicios de proxy inverso.
  • Servicios de anonimización.
  • Proveedores de DNS públicos.
  • Empresas de hosting.

La idea es que, si se detecta que un servicio de este tipo se usa de manera sistemática para eludir los bloqueos de LaLiga, pueda forzarse a que aplique restricciones similares a las de las operadoras. El alcance real dependerá de la jurisdicción donde resida cada prestador y de la respuesta de los tribunales, pero la intención política y jurídica queda clara: hacer que el ecosistema de herramientas de privacidad deje de ser un refugio para ver fútbol pirata.


Identificar al usuario final: de la IP al buzón de casa

Otro de los puntos sensibles es la identificación de los usuarios. El pliego señala que, cuando el adjudicatario sea también operador de telecomunicaciones —como sería el caso de Movistar—, deberá cooperar activamente en diligencias preliminares y otras acciones judiciales promovidas por LaLiga para identificar a los clientes que, a través de su conexión a internet, acceden a los partidos de forma ilícita mediante sistemas como el P2P (AceStream) o el cardsharing.

Además, se establece que estos operadores se comprometen a no impugnar las resoluciones judiciales que ordenen esa identificación, reduciendo la capacidad de las telecos para discutir el alcance o la proporcionalidad de las medidas.

LaLiga ya ha utilizado en el pasado datos de IP y diligencias similares para remitir cartas certificadas a usuarios identificados, reclamando cantidades de entre 262 y 450 € a cambio de evitar la vía judicial. Con un marco contractual más robusto y una participación activa de los operadores, esa estrategia podría intensificarse en las próximas temporadas.

Si Telefónica se convierte en adjudicataria, su doble papel como gran plataforma de televisión de pago y principal proveedor de banda ancha fija en España la situaría en el centro de este engranaje: sería la empresa que vende el fútbol… y, al mismo tiempo, la que facilitaria datos sobre conexiones sospechosas a instancias de LaLiga y de los juzgados.


La CNMC pone freno: límites a LaLiga y protección de la competencia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha reaccionado con un informe crítico. Por un lado, recuerda a LaLiga que debe ceñirse a las competencias que le otorga el Real Decreto-ley 5/2015: la comercialización conjunta de los derechos audiovisuales, no la condición de productora de la señal ni la titularidad plena de derechos que corresponden a los clubes.

Por otro, el regulador pide:

  • Limitar la duración de los contratos a un máximo de 3 temporadas, frente a las 5 que ha manejado LaLiga en procesos anteriores.
  • Diseñar los lotes de forma que no conduzcan a la concentración de los derechos en un solo operador.
  • Reducir las obligaciones de colaboración impuestas al adjudicatario a las estrictamente indispensables, evitando cargas “desproporcionadas o injustificadas”, también en materia antipiratería.

En el terreno concreto de los bloqueos y la identificación de usuarios, Competencia advierte de que el pliego no puede convertir a LaLiga en la instancia que decide qué contenidos vulneran derechos y qué webs deben ser bloqueadas, sin la intervención de los jueces. Y alerta de la posible intromisión en la estrategia legal y organizativa de los operadores, obligándoles a asumir un protagonismo que va más allá de lo razonable en defensa de sus propios intereses comerciales.

El informe no es vinculante, pero su peso político y jurídico es relevante. LaLiga tendrá que decidir ahora cuánto cede y cuánto mantiene en su propuesta inicial; y los potenciales adjudicatarios, entre ellos Movistar, deberán valorar si las obligaciones antipiratería compensan el atractivo comercial de seguir siendo “la casa del fútbol”.


Lo que se juegan los usuarios en el próximo ciclo de derechos

Para el usuario final, el escenario sigue abierto. Si LaLiga rebaja sus exigencias siguiendo las recomendaciones de la CNMC, los bloqueos podrían seguir dependiendo en gran medida de órdenes judiciales y los operadores conservarían mayor margen para modular su cooperación.

Si, por el contrario, el pliego se mantiene en términos muy similares y los grandes actores del mercado aceptan sus condiciones, el próximo ciclo de derechos podría inaugurar una etapa en la que:

  • Los bloqueos de webs y servicios se amplíen y se aceleren.
  • El uso de VPN y DNS públicos para ver contenidos de LaLiga se vuelva mucho más arriesgado o directamente inútil.
  • La identificación y eventual persecución de usuarios que consumen fútbol pirata se intensifique.

Entre la protección de un negocio que mueve alrededor de 1.800 millones de euros anuales en derechos televisivos y la salvaguarda de los derechos digitales de los ciudadanos, el equilibrio será delicado. Y la posición que adopte Movistar, si decide apostar por los derechos de LaLiga a partir de 2027, tendrá un impacto directo en cómo se resuelva esa tensión.


Preguntas frecuentes sobre Movistar, LaLiga y los nuevos bloqueos antipiratería

¿Qué cambiaría para un cliente de Movistar si la operadora se queda con los derechos de LaLiga desde 2027?
En términos de televisión, el principal cambio sería disponer del paquete de fútbol más completo dentro de Movistar Plus+. Sin embargo, el pliego de LaLiga obliga a los adjudicatarios a desplegar medidas técnicas avanzadas contra la piratería y a colaborar en bloqueos de webs e IPs, así como en la identificación de usuarios que accedan a señales ilegales. Por tanto, el servicio de acceso a internet podría verse afectado por más bloqueos y por un uso más intensivo de medidas como el geobloqueo, los sistemas anti-VPN y las marcas de agua en las emisiones.

¿Es ilegal usar una VPN para navegar si se aprueban estas medidas de LaLiga?
El uso de una VPN no se convierte automáticamente en ilegal. LaLiga y los adjudicatarios apuntan específicamente a los casos en que estas herramientas se utilizan para eludir bloqueos y acceder a fútbol pirata. El pliego habla de obligar a proveedores de VPN, proxys, DNS y hostings a aplicar bloqueos cuando sus servicios se utilicen para saltarse las restricciones. En la práctica, el impacto dependerá de cómo se implemente cada medida y de las decisiones de los tribunales, pero no se plantea una prohibición generalizada del uso de VPN para otros fines como el teletrabajo o la privacidad.

¿Puede Movistar facilitar mis datos si alguien ve fútbol pirata desde mi conexión?
Si se aprueban las condiciones tal y como aparecen en el pliego, cualquier adjudicatario que también sea operador de telecomunicaciones se compromete a cooperar en diligencias judiciales promovidas por LaLiga para identificar a clientes que, desde su conexión, consuman contenidos de forma ilícita mediante sistemas como AceStream o cardsharing. Esa identificación solo podría producirse en el marco de un procedimiento judicial o de diligencias preliminares autorizadas por un juez, pero el operador renuncia a impugnar esas resoluciones, lo que facilita el acceso a los datos de titularidad de la línea.

¿Hasta qué punto puede la CNMC frenar los bloqueos sin juez o las obligaciones sobre VPN y DNS?
La CNMC no tiene potestad para vetar directamente el pliego, pero su informe es un aviso relevante. El regulador ya ha pedido a LaLiga que limite las obligaciones de colaboración a lo estrictamente necesario y que no se sitúe como árbitro de qué contenidos vulneran derechos de propiedad intelectual. Si LaLiga no asume las recomendaciones y algún operador considera que ciertas cláusulas son desproporcionadas o contrarias a la normativa, podrá recurrirlas ante los tribunales. El resultado de esos recursos —y de las posibles modificaciones que introduzca la Liga tras el informe de la CNMC— marcará el alcance real de los bloqueos y de las obligaciones para VPN y otros intermediarios en el próximo ciclo de derechos.

Fuente: Noticias redes sociales, Informe CNMC y Pliego LaLiga

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